La Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) persigue una normativa internacional
que regule los dominios de nivel superior correspondientes a códigos
de países (los ccTLD), -- tales como .ES para España, .UK
para el Reino Unido, o .DE para Alemania--, con el objetivo de acabar con
el "cybersquatting" o ciberocupación, es decir, el registro abusivo
de nombres de dominio. La OMPI advierte que la falta de una legislación
común para los diferentes países dificulta los mecanismos
de prevención y resolución de controversias.
La OMPI espera que estos registradores territoriales acepten utilizar
su sistema de arbitraje para la solución uniforme de controversias
en materia de nombres de dominio, que entró en vigor el día
1 de diciembre de 1999. El sistema es utilizado actualmente para resolver
conflictos de propiedad intelectual que afectan a los dominios .COM, .NET
y .ORG, que son controlados por la ICANN. 18 registradores territoriales
ya se han adherido al sistema de arbitraje.
Algunos observadores piensan que la OMPI tal vez intenta favorecer a
las grandes compañías en detrimento de los intereses de los
pequeños estados, y consideran que las normas que cada país
ha puesto responden a sus propias necesidades y preocupaciones.
De los 244 países conectados a la red, 89 no imponen ninguna
restricción a la hora de registrar dominios, lo que quiere decir
que cualquier persona, sea del país que sea, puede adquirirlos.
No es el caso del Estado español, donde la normativa para registrar
dominios tipo .ES es muy restrictiva.
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www.wipo.int